El 16 de mayo de 2023, a través de la Resolución 905/23 la Secretaría de Comercio interior aprobó el nuevo Reglamento para la notificación de operaciones de concentración económica en la República Argentina (el “Reglamento”). El reglamento derogó la Resolución 40/01 que contenía la Guía para la Notificación de Operaciones de Concentración Económica y modificó el procedimiento mediante el cual deben notificarse las operaciones de concentración económica para su análisis por parte de la Autoridad de Defensa de la Competencia, en adelante.
Entre sus principales modificaciones el Reglamento incorporó un procedimiento sumario para aquellas operaciones que no generen potenciales preocupaciones desde el punto de vista de la competencia, el cuál será realizado mediante la presentación de un Formulario F0. Aquellas operaciones que no califiquen para el procedimiento sumario deberán presentar el formulario F0 junto con el Formulario F1. Por su parte, en aquellas operaciones de concentración económica de mayor complejidad la Autoridad requerirá a las partes la presentación de un Formulario F2.
La Resolución viene a incorporar un mayor volumen de información a presentar para la notificación de operaciones de concentración en Argentina. Entre las novedades más relevantes, se incorporó un acápite particular dedicado a programas de integridad, debiendo las empresas notificantes indicar si han implementado un Programa de Integridad en los términos de lo previsto en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 27.401. Asimismo, se solicita a las empresas notificantes de la operación que informen en particular, si han implementado programas de integridad en materia de defensa de la competencia.
Por primera vez, la Autoridad de Aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia Argentina recepta la necesidad y la importancia de la implementación de programas de integridad a la hora de evaluar operaciones de concentración económica en la República Argentina. Sin dudas, la implementación del nuevo procedimiento conteniendo tales previsiones constituye un paso más hacia las mejores prácticas internacionales en materia de Compliance Antitrust. La Resolución entrará en vigencia a partir de los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Link a la Resolución: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/380000-384999/383980/norma.htm
Federico Volujewicz – Mariana Neustadt
Comisión de Estudio de Compliance & Antitrust AAEC

























